martes, 13 de noviembre de 2012

PENA DE MUERTE:)




En México, la Constitución General en su articulo 22 capitulo uno, prevé la pena de muerte en los siguientes casos: "traidor a la patria en guerra extranjera, parricidio homicidio con alevosía premeditación y ventaja, al incendiario, plagiario (secuestrador), el salteador de caminos, el pirata y los reos de delitos graves del orden militar" (Cortina, 2002). Sin embargo esto no se aplica, en consecuencia no existe. Ya que para "delitos gravísimos, en su lugar se ha colocado la privación de la libertad por un numero considerable de años"(Márquez, 2002). 

Márquez (2002), opina que "es tiempo de analizar el tabú y mito para que examinemos con cuidado la posible instalación de esta institución que en muchos países funciona". 
Las anteriores consideraciones hacen que las opiniones se dividan en dos bandos: abolicionistas y partidarios de esta ley. 
Los partidarios a la pena de muerte señalan que la aplicación de este castigo es valida a un delincuente que haya atentado gravemente en contra de la sociedad porque: 
a. Todos tenemos derecho a defendernos de las agresiones que atentan contra nuestra vida. 
b. Ayudaría a la autoridad a que otros delincuentes se detuvieran ante el temor de correr la misma suerte (Cortina, 2002). 
Para sustentar lo anterior esta corriente cita al antiguo testamento, libro del Génesis capitulo nueve versículo seis: "Será derramada la sangre de cualquiera que derrame sangre humana, porque a imagen de Dios fue creado el hombre", en Éxodo capitulo 21, versículo 12 "Quien hiriere a un hombre, matándolo voluntariamente, debe morir sin remisión", entre otras muchas. Además Silva (1984), hace mención de una declaración realizada por el Papa Pío XII en septiembre de 1952: "privar al condenado del bien de la vida, después de que él mismo se hizo indigno del derecho de la vida, está reservado a la autoridad pública". Todo lo anterior los ayuda a concluir que México al tener un "gobierno revolucionario, anticristiano y masónico, es lógico que sea enemigo de la pena de muerte de los malvados, por ser partidario y mantenedor de la pena de muerte de los más inocentes"(Abascal, 1993). 
Pero la contraparte, los abolicionistas se defienden señalando que "existen importantes estudios científicos que demuestran que violencia lo único que engendra es más violencia" (Grima, 1994). Además de expresar que "desde un punto de vista ético resulta altamente contradictorio defender un valor (el respeto a la vida), negándolo a la vez" (¿Pena de muerte?, 2002). Y como era de esperarse esta parte también hace referencia al antiguo testamento señalando que "a pesar de que era culturalmente aceptada la pena de muerte también se encuentran referencias contrarias" (¿Pena de muerte?, 2002), como en el Génesis capitulo cuatro versículo nueve al 15, el cual hace referencia al asesinato cometido por Caín "Quien quiera que matare a Caín, lo pagará siete veces". Además de lanzar una muy buena pregunta al aire "¿Por qué los partidarios de la pena de muerte que recurren al antiguo testamento sólo lo asumen en algunos casos y no en otros? (¿Pena de muerte?, 2002). Por lo que resaltan que la pena de muerte "no sólo significa una violación a los derechos fundamentales de cualquier persona, sino que además implica su negación"(Gonzáles, 2002). 
De los argumentos dados por las dos partes se derivan pros y contras para el estado, respecto a la aplicación de esta ley. Entre los pros se encuentran: 
1. Si se elimina el individuo éste ya no molestará más, por lo tanto, se evitarán futuros problemas con él. 
2. Es una forma de proteger la vida de los ciudadanos. 
3. Es mucho más barato eliminar al individuo que mantenerlo en la cárcel. 
Y los contras: 
1. La corrupción del sistema jurídico puede ser causa de errores, que no podrán corregirse. 
2. No es necesaria la pena de muerte para proteger la vida de los demás ya que en la cárcel se puede reformar el sujeto. 
3. Es una forma retrógrada de administrar justicia (Grima, 1994). 

Instaurar la pena de muerte en México, tal como sugieren el gobernador de Coahuila, Humberto Moreira, y la mayoría del Congreso local, suscita demasiadas ideas. La fundamental es que la nuestra es una nación donde la justicia es papel y no realidad. Valores asociados a la justicia como democracia, ética, salud, casa, ausencia de miseria y oportunidades de desarrollo similares son, nuevamente, papel y no realidad.
Proponer y, en su caso, aprobar la pena de muerte en países injustos conlleva demasiados peligros. El sesgo es uno: se reproducirían los errores existentes y se condenaría a quienes no puedan birlar la justicia o a quienes sean incapaces de comprarla. Un repaso de las historias de los prófugos de la justicia en México, y de muchas personas que han sido encarceladas por no contar con los medios suficientes para defenderse son testimonios vivos del sesgo judicial.
El sesgo, en países injustos como México, implica otros riesgos. Uno es que se incremente la polarización de la sociedad. Ignoro cuánto tiempo falta para que las diferencias comunitarias, ya de por sí muy avanzadas, se conviertan en enfermedad incontrolable, pero seguramente es poco. El “orden social”, cuya carta de presentación podría resumirse en las matanzas cotidianas, 20 o 30 asesinatos por día, y que, sorprendentemente, aún protege a algunos segmentos de la sociedad, no puede mantenerse indefinidamente. La aplicación de la pena de muerte podría ser un nuevo factor contra el precario “orden social” y ser el acicate para que los últimos hilos que mantienen el status quo en la sociedad sigan deshilachándose. El incremento del odio y de la desconfianza de las comunidades empobrecidas y víctimas de tanta injusticia podría aflorar como respuesta a la pena de muerte.
Otros factores deben considerarse. La propuesta de la aplicación de la pena de muerte del gobernador de Coahuila tiene otros agravantes. De acuerdo con su visión, y la del Congreso local, las ejecuciones estarían dirigidas exclusivamente contra los secuestradores. Nuevamente aflora el sesgo: ¿por qué esa selectividad? No menos siniestros que los secuestradores son los narcotraficantes o la policía corrupta, cómplice y partícipe, que asesina con saña inaudita, ni menos negra es la historia de los políticos, algunos de ellos vivos, ejecutores de las matanzas estudiantiles de 1968 y 1971. En la misma y execrable posición están quienes perpetraron las masacres de Acteal, de El Bosque y de tantos otros rincones de nuestra espléndida geografía terrenal, que nada tiene que ver con nuestra infame geografía política. La “selectividad poblacional” en propuestas como la de la pena de muerte es inadecuada, porque, nuevamente, es sinónimo de sesgo.
Son necesarias tres prontas y breves reflexiones más en relación a la experiencia histórica y mundial. La primera se refiere a situaciones actuales. China es líder en la aplicación de la pena de muerte. También ocupa el primer lugar en las denuncias de agrupaciones como Amnistía Internacional por sus reiteradas fallas en cuanto a la falta de transparencia en los juicios condenatorios; lo mismo puede decirse en relación al magro valor de la justicia en ese país. En China la ética no es moneda corriente. Así como se desconoce el número de muertos y desaparecidos bajo las últimas égidas gubernamentales –se dice que son millones–, se sabe que en medicina se violan continuamente preceptos éticos. Otro ejemplo es Estados Unidos, nación donde sigue siendo válida la pena de muerte en menores de edad; bajo la misma bandera estadunidense continúa funcionando la mazmorra de Guantánamo y cobijados por su himno nacional se torturó a prisioneros en la cárcel de Abu Grahib.
La segunda idea proviene de la historia. No hay documento que avale que la pena de muerte sea útil para modificar el comportamiento de la sociedad o para reordenar las conductas de los individuos. Quizás, incluso, lo contrario sea cierto. Sobran documentos históricos donde la masa, mientras observaba lo que sucedía en el cadalso, robaba, mancillaba, vejaba.
La tercera se refiere al error. En no pocas ocasiones, sobre todo en Estados Unidos, se han detenido ejecuciones porque se ha demostrado que el sospechoso no era el culpable.
No cuento con palabra suficientes para juzgar las vilezas que cometen los secuestradores y no existe lenguaje adecuado para calificarlos cuando asesinan. No dudo que deben ser encerrados de por vida y castigados sin misericordia. Muchos secuestradores fueron parte del sistema de gobierno y no pocos mantienen vínculos con la policía, es decir, con el gobierno. Eso, no es poco.
La pena de muerte no sirve: envilece. Aplicarla en naciones tan injustas como la nuestra sería craso error y semilla para nuevos odios. Sería mejor que el Congreso de Coahuila repase lo que sucede en sus tierras con la ética y con la justicia antes de hablar de la pena de muerte.

6 comentarios:

  1. compañera villa este tema no me gusta por k pienso k esta muy mal k exista la pena de muerte por k ay beses k se la aplikan a alguien ksea inosente bueno tambien ai k gente k si se la merese pero pieso k deberian aser otra kosa enves de eso.. pero ps muy bien.. te felicito :D

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    1. Yo la verdad estoy de acuerdo con la pena de muerte por qe el da;o qe ellos causaron qien lo repara!

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  2. creo que la pena de muerte es algo que no se debe de hacer creo que nadie tiene derecho a decidir cuando muere una persona , para eso esta la carsel.

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    1. Pero hoy en dia los delincuentes se las injenian para porder escaparse y aun seguir libres asi qe pienso qe la carcel no sorve de nada para los mas peligrosos

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  3. no me gusta la idea de quitarle la vida a las personas pero unas que en realidad si se lo merecen esta muy bien tu informacion

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    1. Pues a mi tampoco pero si ai personas qe en verdad se lo meresen

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